El presente documento establece los términos para los aportes de estudios o información que apoyen la identificación de las zidres. La zonas de interés de desarrollo rural, económico y social (zidres) se entienden como territorios con aptitud agrícola, pecuaria, forestal y piscícola, que comparten características relativamente homogéneas en cuanto a la aptitud agropecuaria, que son consideradas de utilidad pública e interés social y que deberán constituir un nuevo modelo de desarrollo económico regional basado en el desarrollo humano sostenible, el desarrollo social, la sostenibilidad ambiental, el ordenamiento territorial y la economía formal.
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