Bogotá D. C., (@UPRAColombia, @claudialili76). La Unidad de Planificación Rural Agropecuaria (UPRA) actualizó la frontera agrícola nacional (FA), la cual cuenta ahora con 42'944.940 hectáreas; área con la que el país cuenta para desarrollar actividades agropecuarias. La UPRA contribuye, así, a la formulación y focalización de la gestión de la política pública del sector agropecuario y de desarrollo rural. Se entiende que la actividad agropecuaria puede ser agrícola, pecuaria, acuícola, pesquera o forestal.
La actualización de la frontera agrícola del territorio continental e insular implicó entre otras acciones:
- Generar una nueva representación de la FA.
- Ajustar las categorías de la FA condicionada.
- Ajustar la denominación, de modo que las antes llamadas 'exclusiones' ahora se llaman 'restricciones'.
- Diferenciar la restricción antes llamada 'bosques naturales y áreas no agropecuarias' en dos categorías: 1) Acuerdo cero de deforestación y 2) Restricciones técnicas: áreas no agropecuarias.
- Incluir nuevas áreas protegidas: declaración del Parque Nacionales Naturales sobre la Serranía de Manacacías, y la ampliación del PNN de la Sierra Nevada de Santa Marta.
La actualización de la FA continental e insular incorpora cambios en su codificación cromática y en su diferenciación de categorías; por ejemplo, el área condicionada con 22.803.490 ha (equivalentes al 53 % de la FA y al 20 % del territorio continental) frente a los 20.141.450 ha del área no condicionada (equivalentes al 47% de la FA y el 17,6% del territorio continental).
Otros datos de la actualización de la FA revelan las tipologías de las áreas condicionadas para la actividad agropecuaria que permitan una comprensión integral del territorio bajo un enfoque diferencial.
Definición y objetivos de la FA
La FA es el límite del suelo rural donde se permiten y se promueven las actividades agropecuarias (agrícola, pecuaria, acuícola, pesquera y forestal), y se reconocen aquellas áreas en las que, por consideraciones legales, políticas y técnicas, están restringidas según la Resolución 261 de 2018 expedida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Los objetivos de definir la FA son:
- Contribuir a la formulación y focalización de la gestión de la política pública del sector agropecuario, pesquero y de desarrollo rural.
- Promover el uso eficiente del suelo rural agropecuario, el ordenamiento productivo y social de la propiedad rural, y el fortalecimiento de la productividad y competitividad de las actividades agropecuarias.
- Contribuir a estabilizar y disminuir la pérdida de ecosistemas de importancia ambiental.
Para actualizar la FA, se consideraron los siguientes elementos clave:
- Reiterar el 'Acuerdo cero deforestación sectorial' y ratificar los compromisos del país.
- Analizar en detalle la FA condicionada en las tipologías ambientales, étnico-culturales y de gestión de riesgo.
- Priorizar los territorios del Caribe insular, litoral Pacífico y Amazonía colombiana.
- Incorporar el análisis del ámbito marino costero y anfibio en la actualización de la FA.
- Realizar un análisis integral de las determinantes ambientales e información de entidades y sectores.
- Desarrollar espacios de trabajo conjunto con las autoridades ambientales, entidades, sectores económicos, institutos de investigación y otros actores estratégicos.
- Cumplir con el punto 1.1.10 del Acuerdo de Paz «Por la cual se adopta el Plan de Zonificación Ambiental»
Los interesados pueden consultar la nueva delimitación de la FA en www.sipra.gov.co; encontrarán, además, la información cartográfica que detalla las tipologías en FA condicionada y las restricciones para las actividades agropecuarias.