Skip to main content

Toda persona natural o jurídica registrada como tal ante el ICA que ingrese al país alimento para animales. (ICA. Resolución 61252 del 3 de febrero de 2020)

​Es toda sustancia, incluidos los aditivos alimentarios, que se empleen en la fabricación o preparación de un alimento y estén presentes en el producto final en su forma original o modificada. (ICA. Resolución 61252 del 3 de febrero de 2020)​

Sustancia química de acción plaguicida que constituye la parte biológicamente activa presente en una formulación. (Comunidad Andina. Decisión 804 de 2015 Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola).​

Sustancias que únicamente confiere propiedades organolépticas a un alimento para animales. (ICA. Resolución 61252 del 3 de febrero de 2020)​

Agente químico que elimina, controla o previene la presencia, crecimiento o acción de los insectos. (Comunidad Andina, 2019. Resolución 2075 Manual Técnico Andino para el registro y control de plaguicidas químicos de uso agrícola).

Todo producto de origen natural o sintético, biotecnológico o químico, utilizado para promover la producción agropecuaria, así como para el diagnóstico, prevención, control, erradicación y tratamiento de las enfermedades, plagas, malezas y otros agentes nocivos que afecten a las especies animales y vegetales o a sus productos (MADR. Decreto 1840 de 1994, art. 3).